lunes, 4 de mayo de 2020

➤ INOPONIBILIDAD DE LAS OPERACIONES NO REGISTRADAS O POSTERIORES A LA INSCRIPCIÓN EN REGISTRO DE TITULO EN MATERIA DE TIERRAS EN LA REPÚBLICA DOMINICANA ➤ Abogados de Tierras en Santiago de los Caballeros, República Dominicana ➤ Abogados Siglo 21




Lo Establecido en la Ley 108-05 y la Jurisprudencia


Según el Párrafo II del Artículo 90 de la Ley 108-05 de Registro Inmobiliario, sobre inmuebles registrados no pueden existir derechos ocultos que no hayan sido debidamente registrados, por lo que no le es oponible al tercer adquiriente de buena fe ningún derecho no inscrito como ha sido juzgado por nuestra Suprema Corte de Justicia (3ra. Sala, 26, de marzo de 2014).


El Tercer Adquiriente de Buena Fe


No le es oponible al tercer adquiriente de buena fe, a quien se le ha emitido un certificado de título sin gravamen, una hipoteca que, por error del Registro de Títulos, no ha sido registrado o anotada en el original del certificado de título del inmueble (1ra. Cámara, 5 de marzo de 2003). 

Tampoco le es oponible al tercer adquiriente de buena fe, a quien se le ha emitido un certificado de titulo sin gravamen, un bien de familia que, por error del registro de título, no ha sido registrado o anotado en el original del certificado de titulo del inmueble (3era. Sala, 11 de septiembre de 2013).

En este mismo orden de ideas, no le es oponible una litis sobre derecho registrado al adquiriente de buena fe que compra a la luz de un certificado de título, que para la época de la operación se bastaba a sí mismo, en el cual no consta la indicada litis, máxime cuando se le expide a este un certificado del título sin ninguna anotación, (3ra Sala, 4 de diciembre de 20013).

Los terceros adquirientes de buena fe no pueden ser perjudicados por una litis que ha sido inscrita después de habérseles transferido el certificado de título a su nombre, la cual no le es oponible. De lo contrario, se atentaría contra los principios que rigen la fuerza probatoria del certificado de título (3ra. Sala, 14 de marzo de 2012).


Omisión por Parte de Registro de Títulos de Hacer Constar Una Oposición


La omisión por parte del registro de títulos de hacer constar en el certificado de título o carta constancia que ampara un inmueble una oposición constituye una falta que no puede perjudicar al tercero que compra dicho inmueble, siendo de buena fe. (3ra. Cámara, 18 de enero de 2006).

No le es oponible al tercer adquiriente una oposición de traspaso sobre una inmueble notificada a requerimiento de la esposa del vendedor, quien ha vendido sin la autorización de esta, si la esposa levantó la oposición antes de la compra del inmueble por el tercero (3ra. Sala, 12 de febrero de 2014).


Casos de Demanda en Inclusión de Herederos 


Un adquiriente de buena fe y a título oneroso no puede ser perjudicado por una litis en inclusión de herederos que es posterior al registro de sus derechos. 

Dicha litis no le es oponible (3ra. Cámara, 22 de abril de 2009). También se ha establecido que un tercer adquiriente de buena fe y a título oneroso de un inmueble no puede ser perturbado por disputas entre los herederos del causante de su propiedad inmobiliaria (3ra. Sala, 11 de julio de 2012).


Impugnaciones Formuladas a un Deslinde



Las impugnaciones formuladas a un deslinde sólo son oponibles al propietario que lo obtuvo, no al tercer adquiriente de buena fe y a título oneroso que adquiere la propiedad luego de deslindada (3ra. Sala, 28 de marzo de 2012). 

No es oponible al banco adjudicatario de un inmueble ni a sus causahabientes unas mejoras construidas sobre dicho inmueble que fueron inscritas después de haberlo adquirido el banco. 

Según los Artículos 89 y 90 de la Ley 108-05 de Registro Inmobiliario, sobre inmuebles registrados no pueden existir derechos ocultos que no hayan sido debidamente registrados (3ra. Sala, 20 de noviembre de 2013).