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martes, 18 de enero de 2022

➤ ¿Qué Debo Pagar al Comprar un Inmueble en la República Dominicana? ➤ Abogados en Santiago de los Caballeros ➤ Abogados Siglo 21


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Abogados Dominicanos

Algunas veces al comprar un inmueble las personas no tienen de forma clara los costos que deben pagar por esta operación y para el mantenimiento de la propiedad. 

En un primer momento piensan que sólo deben costear el valor del inmueble que van a adquirir, cuando la realidad es otra cosa, puesto que en el proceso de compra, transferencia y mantenimiento del inmueble hay una cantidad importante de impuestos, tasas y contribuciones que deben hacerse para comprar el inmueble, ponerlo a nombre del comprador y mantener la propiedad.


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Así que por estos motivos les vamos a dar una orientación un tanto breve de los montos económicos que se deben pagar al comprar un inmueble en la República Dominicana, a saber:

1.- Pago de la Compra de la Propiedad Inmobiliaria 


El primer valor que hay que pagar es, evidentemente, el que consiste en el costo de la propiedad al cual se ha llegado en un proceso de negociación con el vendedor. Esta es un cantidad que se pacta de forma clara y de mutuo acuerdo entre el vendedor y el comprador.


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2.- Pago de los Gastos Legales y de Transferencia de la Propiedad Inmobiliaria 


En segundo término, otro monto que debe pagar el comprador son los gastos legales y de transferencia de la propiedad inmobiliaria. 

Estos gastos incluyen la preparación de toda la documentación legal, la investigación del inmueble tanto por ante la Dirección General de Impuestos Internos (DGII), el Registro de Títulos competente y en algunos casos por ante la Dirección Regional de Mensuras Catastrales con la finalidad de determinar que el mueble no tenga ningún problema jurídico que luego haga que el comprador no pueda disfrutar del mismo o no pueda disponer del éste en caso de que posteriormente desee venderlo.


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3.- Pago del Impuesto Correspondiente a la Transferencia Inmobiliaria por ante la Dirección General de Impuestos Internos (DGII)  


En un tercer impuesto o monto a pagar tenemos el impuesto correspondiente a la transferencia que se paga por ante la Dirección General de Impuestos Internos (DGII). 

Este impuestos corresponde al valor de un 3% del monto que cuesta el inmueble, haciendo la observación que si el contrato de venta que se ha realizado entre el comprador y el vendedor establece un monto superior al monto que la Dirección General de Impuestos Internos tiene en su sistema sobre el inmueble, entonces se toma en cuenta el valor de ese contrato para calcular este impuesto.


Sin embargo, si el contrato de venta tiene un monto inferior al valor que tiene el sistema de la Dirección General de Impuestos Internos sobre el inmueble comprado, entonces se debe pagar el porcentaje calculado sobre la base del valor que figura en el sistema de la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) del inmueble adquirido.



4.- Pago de los Impuestos de la Transferencia Inmobiliaria por ante el Registrador de Títulos Correspondiente 


En un cuarto punto tenemos los gastos correspondientes al pago de los impuestos de la transferencia por ante el Registrador de Títulos competente, los cuales en realidad no son tan altos, pero si deben ser costeados por el comprador conjuntamente con las otras actuaciones legales que son necesarias para lograr la transferencia.

5.- Pago del Impuesto sobre Patrimonio el Inmobiliario 


En un penúltimo punto se encuentra el Impuesto sobre el Patrimonio Inmobiliario (IPI) cuyo monto asciende al valor de un 1% por ciento anual de la totalidad del patrimonio inmobiliario que tenga la persona en la República Dominicana, en caso de que dicho patrimonio inmobiliario supere el monto establecido por la Dirección General de Impuestos Internos (DGII).


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6.- Pago de los Gastos de Mantenimiento en Caso de Condominio


Finalmente, cuando una persona adquiere un inmueble en la República Dominicana debe tener muy presente que si ese inmueble se encuentra dentro de un condominio y está regulado por la Ley de Condominio, la Ley sobre Registro Inmobiliario y el Reglamento de Condómines que establece que para mantener ese condominio se debe pagar un determinado monto, también el propietario que adquirido el inmueble dentro de ese condominio, debe pagar los costos correspondientes a su proporción para con esos montos cubrir el mantenimiento del condominio.

Hay personas que al momento de adquirir un inmueble en un condominio, tales como apartamentos, villas, entre otros, no toman en cuenta los costos que deben pagar para mantener ese condominio y se niegan a satisfacer esos pagos.

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Esto les genera serios inconvenientes no sólo con los demás condómines sino que estas diferencias pueden conllevar a litigios por ante los tribunales con la finalidad de que quien no está pagando los costos del mantenimiento, lo pague, e incluso esos procesos llegan a los tribunales, luego de agotado un procedimiento, como embargos inmobiliarios por los montos que el condómine ha dejado de pagar de los gastos en que ha incurrido el condominio.


Les recordamos que en caso de necesitar cualquier servicio jurídico sobre temas inmobiliarios o consulta de cualquier proceso pueden comunicarse con nosotros a los números 1-849-265-0004 y 1-809-336-7486.


Apartamentos en Venta en Gurabo, Santiago, en este link: https://abogadosiglo21.blogspot.com/2020/06/apartamentos-en-venta-ubicados-en.html 

► Ex Cónyuge Puede Embargar los Bienes Adquiridos En Comunidad Incluso Después Del Divorcio y Sin Que Previamente Haya Demandado En Partición ► Abogados en Santiago de los Caballeros ► Abogados de Divorcio


Abogado dominicano  José Octavio López Durán
Abogados dominicanos


La Primera Sala de la Suprema Corte de la República Dominicana falló que una persona casada bajo el régimen de la comunidad legal de bienes no necesita autorización judicial ni haber demandado previamente en partición para trabar medidas conservatorias con el fin de preservar los bienes adquiridos en el matrimonio.


Esta decisión fue emitida mediante la Sentencia Número 772/2019, de fecha 25 del mes de septiembre del año 2019, en ocasión de un recurso de casación en un proceso de referimiento en levantamiento de embargo retentivo.


Según esta Sala Civil de la Suprema Corte de Justicia:


Ante una posible distracción de los bienes que conforman la masa a partir entre cónyuges o ex cónyuges casados bajo el régimen matrimonial de la comunidad legal de bienes, la parte interesada puede trabar las medidas que considere de lugar con la finalidad de conservación de dicho bienes, cuya acción se encuentra habilitada mientras exista bienes comunes durante el proceso de divorcio o bienes en copropiedad producto del divorcio.


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Además señaló que las medidas conservatorias sobre los bienes que hayan ingresado a la comunidad, ya sea por haber sido adquiridos en conjunto por los cónyuges o solo por uno de ellos, verificadas las condiciones previstas legalmente al efecto; que, al no constatarse tales condiciones en la especie, por haberse realizado la oposición sobre bienes no pertenecientes a la comunidad ni a ninguno de los excónyuges, como se ha visto, la errónea interpretación de la norma del Artículo 24 de la Ley Número 1306-bis de 1937, realizada por la Corte a qua constituye una motivación sobreabundante.


Es preciso recordar que las normas contenidas en los Artículos 24 y 25 de la Ley 1306-Bis de fecha 21 de mayo de 1937. Gaceta Oficial Número 5034, establecen lo siguiente:


Artículo 24.- La mujer común en bienes, demandante o demandada en divorcio, podrá en todo estado de causa -a partir de la demanda-, requerir para la conservación de sus derechos, la fijación de sellos los efectos mobiliarios de la comunidad. No se levantarán estos sellos sino haciendo un inventario estimativo, quedando el marido obligado a presentar los efectos inventariados, o a responder de su valor como guardián judicial. 


Artículo 25.- Toda obligación a cargo de la comunidad, toda enajenación de inmuebles comunes, hechas por el marido con posterioridad a la fecha de la demanda, serán anuladas si se prueba que han sido contratadas en fraude de los derechos de la mujer. 


Indicó también que queda sin influencia para hacer casar la decisión impugnada; que, se ha considerado como motivos superabundantes los que no son indispensables para sostener la decisión criticada, por lo que procede desestimar los medios de casación examinados.


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SOMOS ABOGADOS SIGLO 21, ESTAMOS UBICADOS EN SANTIAGO DE LOS CABALLEROS, REPÚBLICA DOMINICANA. BRINDAMOS CONSULTAS LEGALES Y REPRESENTACIÓN EN LITIS DE: TIERRA, FAMILIA, PENAL, CIVIL Y TRÁNSITO. TRABAJAMOS: DIVORCIOS Y VENTA DE INMUEBLES. TELÉFONOS: 1-849-265-0004 Y 1-809-336-7486. ESTAMOS UBICADOS EN LA AVENIDA LUPERÓN, GALERÍAS COMERCIALES EL EDÉN, MÓDULO 2-B, SANTIAGO DE LOS CABALLEROS. TENEMOS PLANES DE PAGOS DISPONIBLES.

viernes, 17 de julio de 2020

► LA IMPORTANCIA DE CONFIRMAR QUE SU COMPAÑÍA ASEGURADORA ESTÁ VIGENTE ANTES DE COMPRAR SU PÓLIZA ► Abogados en Santiago de los Caballeros ► Abogados Litigantes en Materia de Tierra


Abogado penalista José Octavio López Durán


Hace unos días estuve en la ciudad de Santo Domingo resolviendo algunos asuntos relacionados con mi oficio de gestiones legales como abogado. Entre estas actuaciones estaban la solicitud de tres certificaciones de vigencia de pólizas por ante la Superintendencia Seguros. Al llegar a dicha oficina y solicitar información en el departamento correspondiente una joven me dirigió a la segunda planta.


En dicho departamento le expresé a la funcionaria que me atendía el motivo de mi visita, quien procedió a gestionar solamente dos de mis solicitudes, ya que la que correspondía a la tercera compañía aseguradora no podía ser gestionada por ese departamento. Esta situación me sorprendió. Le pregunté porque no podía atenderme y simplemente me refirió la segunda planta de dicho edificio.


Tuve que dirigirme al otro extremo opuesto del edificio donde queda el departamento de liquidación de compañías. Allí me informaron que dicha compañía había sido suspendida de sus operaciones por problemas con la Ley. Esta otra funcionaria me entregó un documento, el cual contiene una resolución administrativa que establece que a dicha entidad le fue revocada la autorización para operar el negocio de seguros en el territorio nacional.

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La verdad es que quedé muy sorprendido cuando leí que a dicha compañía le está prohibida realizar cualquier tipo de negocios relacionado con seguros en la República Dominicana, ya que incluso hace pocos días algunos amigos míos me habían manifestado haber comprado pólizas a corredores de dicha entidad.


En ese momento me di cuenta de que siempre es bueno confirmar, a la hora de comprar un seguro, la solvencia moral de quien lo vende y también que la entidad aseguradora esté activa. Esto es así puesto que de la vigencia de la póliza de éste no solo dependen los bienes materiales del asegurado, si no también, en ciertos casos, su propia vida y hasta la  tranquilada emocional, si ocurre cualquier siniestro y el seguro de responder.


Sin querer hablar mal de nadie, es bueno recordar que siempre hay personas inescrupulosas que se dedican a estafar a los demás con falsos productos y servicios, por lo es bueno contratar dichos servicios con personas y empresas responsables. Muchas personas son sorprendidas en su buena fe en asuntos tan delicados como es tener un seguro al día en el momento en que más lo necesitan.


Abogados en República Dominicana


Es por esto que les aconsejamos buscar asesorías de personas que tengan amplios conocimientos en el área a la hora de adquirir determinados servicios en los cuales no se maneja muy bien. De este modo, va a lograr evitar ser engañado por desaprensivos que salen a diario a las calles buscando a quien engañar. Insistimos, no se haga presa fácil de este tipo de personas y siempre busque ayuda. 


Recuerde que el que compra mal, paga dos veces, lo cual implica que cuando usted paga más de una vez por un producto o servicio, eso se refleja en detrimento de su economía y perjudica su calidad de vida.

RECUERDE QUE SOMOS ABOGADOS SIGLO 21, ESTAMOS UBICADOS EN SANTIAGO DE LOS CABALLEROS, REPÚBLICA DOMINICANA, ABOGADOS MIGRATORIOS, TRADUCTORES LEGALES DE LOS IDIOMAS INGLÉS, FRANCÉS, ITALIANO Y ALEMÁN. BRINDAMOS CONSULTAS LEGALES Y REPRESENTACIÓN EN LITIS DE: TIERRA, FAMILIA, PENAL, CIVIL Y TRÁNSITO. TRABAJAMOS: DIVORCIOS, GESTIÓN DE VISAS Y VENTA DE INMUEBLES. TELÉFONOS: 1-849-265-0004 Y 1-809-336-7486. ESTAMOS UBICADOS EN LA AVENIDA LUPERÓN, GALERÍAS COMERCIALES EL EDÉN, MÓDULO 2-B, SANTIAGO DE LOS CABALLEROS.

► ¿ESTADOS UNIDOS ME PUEDE NEGAR LA VISA DE PASEO O SU RENOVACIÓN POR ESTAR EMBARAZADA? ► Abogados Migratorios en Santiago de los Caballeros ► Abogados Siglo 21


Abogados de familia
Abogados Dominicanos


Prácticamente todo el mundo conoce que conforme las leyes de los Estados Unidos, con excepciones muy específicas, los niños nacidos en ese país adquieren desde el momento de su nacimiento, valga la repetición, la ciudadanía americana. Esta es una práctica común que las leyes estadounidenses no la permiten de forma expresa, pero tampoco la prohíben de forma textual.


Por eso, muchas personas de forma incorrecta, se aprovechan de esa ambigüedad y viajan con Visa de Paseo para realizar el parto en ese país. Ahora bien, es preciso decir que esta situación puede generar consecuencias negativas, ya que tener un bebé o mejor dicho ir a los Estados Unidos como turista de manera intencional, con la marcada finalidad de que su bebé nazca allá podría acarrear complicaciones y puede dar lugar a que se niegue la Visa de Paseo o la renovación de ésta.

Abogado Notario José Octavio López Durán


Es por dicha razón que cuando una mujer embarazada realiza una solicitud de Visa de Paseo corre el riesgo de que se interprete que es con la intención de que su bebé nazca en los Estados Unidos. También si se esconde el embarazo y algunos meses posteriores se tiene al niño en los Estados Unidos, puede considerarse que esa era realmente la verdadera intención al solicitar la Visa de Paseo y deducir, en consecuencia, que se mintió.


Otro elemento que resulta perjudicial es no pagar la factura de los gastos del parto en el hospital. Con la finalidad de evitar ese problema algunos hospitales tienen dentro de sus servicios el pre-pago por los partos, en este escenario se paga con dinero en efectivo, antes de que se inicie el proceso de parto.


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Finalmente, es oportuno indicar que los oficiales de inmigración en aeropuertos, puertos y puestos terrestres, tienen la plena facultad de no permitir el ingreso a los Estados Unidos de mujeres embarazadas si aprecian que el motivo del viaje a ese país es que su bebé nazca en el mismo, y no creen que se va a pagar la factura del parto, ya que esto es considerado como un gasto de dinero público debido a que es el sistema público el que paga estos gastos. 


RECUERDE QUE SOMOS ABOGADOS SIGLO 21, ESTAMOS UBICADOS EN SANTIAGO DE LOS CABALLEROS, REPÚBLICA DOMINICANA, ABOGADOS MIGRATORIOS, TRADUCTORES LEGALES DE LOS IDIOMAS INGLÉS, FRANCÉS, ITALIANO Y ALEMÁN. BRINDAMOS CONSULTAS LEGALES Y REPRESENTACIÓN EN LITIS DE: TIERRA, FAMILIA, PENAL, CIVIL Y TRÁNSITO. TRABAJAMOS: DIVORCIOS, GESTIÓN DE VISAS Y VENTA DE INMUEBLES. TELÉFONOS: 1-849-265-0004 Y 1-809-336-7486. ESTAMOS UBICADOS EN LA AVENIDA LUPERÓN, GALERÍAS COMERCIALES EL EDÉN, MÓDULO 2-B, SANTIAGO DE LOS CABALLEROS.

► Inmuebles en Venta en Santiago de los Caballeros, República Dominicana ►Abogados Inmobiliarios ► Abogados de Tierra


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Abogados Dominicanos


1.- Apartamento en Venta cerca del Centro de la Ciudad de Santiago de los Caballeros, República Dominicana, en RD$3,550,000, ver en el siguiente link: https://www.youtube.com/watch?v=U_G86D866Tg



2.- Casa en Venta en Gurabo, Ciudad de Santiago de los Caballeros, República Dominicana, en US$160,000, ver en el siguiente link: https://www.youtube.com/watch?v=E1amRsdkKQU



4.- Apartamento de Lujo en Venta detrás de Haché, Ciudad de Santiago de los Caballeros, República Dominicana, en RD$6,500,000, ver en el siguiente link: https://www.youtube.com/watch?v=Wuvo9myycBs



5.- Apartamento en Gurabo, Ciudad de Santiago de los Caballeros, República Dominicana, en RD$2,000,000, ver en el siguiente link: https://www.youtube.com/watch?v=XTpGhZnIwVM



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Abogado de Tierra
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► ¿Cómo Transcribir en la Junta Central Electoral de la República Dominicana un Acta Instrumentada en el Extranjero? ► Abogados Inmobiliarios en Santiago de los Caballeros ► Abogados Litigantes en Materia de Tierra


Abogados Migratorios en Santiago de los Caballeros
Abogados Dominicanos


Conforme la norma contenida en el Artículo 33 y 34 de la Ley 659-44 sobre Actos del Estado Civil y la Resolución 9/95 de la Junta Central Electoral, los pasos a dar para Transcribir un Acta Instrumentada en el Extranjero son los siguientes:  


1.- Obtener el Original del acta levantada en el extranjero, con la debida apostilla o los casos que se trate de países que no estén en el convenio de apostilla de la Haya debe estar legalizada por el consulado dominicano del país que la expide (la firma de ese cónsul debe legalizarla por Cancillería de la República Dominicana). 


2.- Si el acta estuviere redactada en un idioma diferente al castellano, deberá ser traducida por un interprete judicial dominicano y legalizada por ante la Procuraduría General de la República (si la traducción se hace en un Consulado Dominicano debe pasar por Cancillería de la República Dominicana para legalizar la firma del cónsul). 


La traducción debe tener todos los datos del documento traducido, no se pueden omitir datos del documento, como también no poner datos que no estén en el mismo. 


Abogado Notario



3.- Se debe apartar documento de identidad dominicana, fotocopia de la cédula de identidad, pasaporte o acta de nacimiento del padre o madre dominicano (a), si uno de los padres es dominicano (a). 


Si es un procedimiento de transcripción de acta de matrimonio o transcripción de acta de divorcio, depositar uno de estos documentos: fotocopia de cédula, acta de nacimiento o pasaporte dominicano de una de las partes que sea dominicana. 


Para transcripción de acta de defunción: aportar un documento de identidad dominicana perteneciente al fallecido que demuestre que es dominicano, tales como: fotocopia de la cédula de identidad, pasaporte o acta de nacimiento. 


Abogado penalista en Santiago de los Caballeros


4.- Al momento de depositar en Consultoría Jurídica debe llenar el formulario que le darán para esos fines.


5.- Las tasas a pagar para el deposito del documento son las siguientes:


A- Normal » RD$2,000.

B- VIP » RD$ RD$ 4,000 (cuatro mil) pesos ( RD$ 2,000 corresponden al pago del proceso y los otros RD$ 2,000 corresponde al pago del servicio VIP de Jurídica).


El pago se realiza el momento de depositar en la sede central. Todos los documentos deberán ser depositados con un juego de fotocopias, sus originales y un folder.


Abogado de tierra José Octavio López Durán


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martes, 14 de julio de 2020

➤ La Suprema Corte de Justicia de la República Dominicana Ratifica que Cuando se Recurre en Casación y Se Emplaza a Solo Una Parte De Los Recurridos El Recurso es Inadmisible Frente a Todos ➤ Abogados en Santiago de los Caballeros ➤ Abogados Inmobiliarios


Abogados en Santiago de los Caballeros
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La Sala Civil de la Suprema Corte de Justicia de la República Dominicana reiteró su criterio con relación al recurso de casación cuando frente a pluralidad de recurridos, el recurrente sólo se emplaza a uno o solo una parte de ellos.


Es así que mediante la Sentencia Número 0444-2020 de fecha 18 de marzo del 2020, la indicada Sala de la Suprema Corte de Justicia estableció lo siguiente: 


“El rigor y las particularidades del procedimiento a seguir en el recurso de casación en materia civil y comercial, lo convierten en una vía de recurso ineludiblemente formalista, característica que va aparejada con las de ser un recurso extraordinario y limitado; que en procura de la lealtad procesal y la seguridad jurídica, se impone a esta Corte de Casación tutelar y comprobar, a pedimento de parte o de oficio si se cumplen con los requisitos exigidos por la ley para su admisibilidad”.


Abogado de Divorcio


Señaló que se impone advertir que el carácter formalista del recurso de casación no es extensivo a las vías de recursos ordinarias, ni a los demás procedimientos seguidos ante las demás jurisdicciones del orden civil y comercial, las cuales se rigen por el procedimiento ordinario y no por el establecido en la especialísima Ley sobre Procedimiento de Casación.


Afirmó que esta regulación del recurso de casación, separada del procedimiento ordinario, instituye lo que se ha denominado la técnica de la casación civil; que es la potestad del legislador ordinario para establecer sanciones procedimentales al configurar el procedimiento de casación, para sancionar inobservancias a las formalidades exigidas en el mismo.


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Además estableció que esta técnica ha sido aprobada por el Tribunal Constitucional  de la República Dominicana en su Sentencia TC/0437/17, en la que se establece además que el derecho al debido proceso no se ve amenazado por las exigencias legales del proceso, las cuales se imponen a todas las partes en la instancia de la casación. 


Por tal razón concluyó lo siguiente:

“Ha sido criterio constante de esta Primera Sala que cuando existe indivisión en el objeto del litigio y el recurrente emplaza uno o varios recurridos, pero no a todos, el recurso debe ser declarado inadmisible con respecto a todos, puesto que la contestación no puede ser juzgada sino conjunta y contradictoriamente con las demás partes que fueron omitidas”.


Abogado Dominicano José Octavio López Durán


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martes, 16 de junio de 2020

➤ ¿Cuáles Negocios Inmobiliarios Tienen Más Desarrollo en la Ciudad de Santiago de los Caballero? ➤ Abogados en Santiago de los Caballeros, República Dominicana ➤ Abogados Siglo 21






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1.- Crecimiento Inmobiliario de la Ciudad de Santiago de los Caballeros



La Ciudad de Santiago de los Caballeros, en la República Dominicana, se ha convertido en una de las principales Provincias donde desde hace varios años está teniendo más auge el negocio inmobiliario, especialmente la construcción, venta y renta tanto de casas así como de apartamentos de diferentes precios para los dominicanos que se encuentran en el país y en el exterior.



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Ver Casa en Venta en Gurabo en el siguiente link: 

https://www.youtube.com/watch?v=5L8_7F-rkrA  

 

2.- Construcción, Venta y Renta de Apartamentos en la Ciudad de Santiago de los Caballeros



Hay que indicar que el mayor crecimiento de negocios inmobiliarios lo ha tenido el tema de la construcción, venta y renta de apartamentos. Esto es una realidad innegable en la Ciudad de Santiago de los Caballeros. Estos apartamentos tienen diferentes precios dependiendo naturalmente de la ubicación, tamaño, terminación y otros elementos que influyen en el valor del mercado de los mismos.


En la actualidad existe una gran cantidad de compañías que se dedican a la construcción de apartamento de diferentes precios en la ciudad de Santiago de los Caballeros, lo cual hace que la población tenga una mayor oferta para adquirir un hogar propio, ya sea comprándolo en efectivo o con financiamiento de los bancos.



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3.- Precios de las Ventas de Apartamentos en la Ciudad de Santiago de los Caballeros



Los precios de los apartamentos pueden oscilar entre los RD$2,000,000 hasta hasta más de RD$15,000,000 de pesos. Todo va a depender del interés que tenga el comprador en adquirir un apartamento o Pent-House en un determinado sector de la ciudad. Esto puede ser en una torre, en un residencial de clase media alta, en una localidad de clase media o un lugar un poco más modesto. Todo va a depender del gusto y presupuesto del comprador.



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4.- Investigación Antes de la Compra de Apartamentos 



Para comprar un inmueble es importante hacerse asesorar por especialistas que realicen una debida investigación y puedan culminar con una compra exitosa. Para más información al respecto entra al siguiente link en el cual detallamos todos esos pasos: https://abogadosiglo21.blogspot.com/2020/04/que-debo-hacer-para-comprar-un-inmueble.html




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5.- Inversión con la Compra, Venta y Renta de Apartamentos 


Además de comprarlos para vivienda y tener en ella su hogar, normalmente estos apartamentos son adquiridos por personas como una forma de inversión, los cuales luego lo venden a un precio superior o en su defecto lo alquilan, ya sea amueblados o sin amueblar.


La realidad es que la compra de apartamentos en la Ciudad de Santiago de los Caballeros es en la actualidad una forma ya sea de conseguir su hogar de forma rápida y a un precio que usted pueda pagar o de realizar una inversión que deje una rentabilidad. Este es un mercado que cada día va creciendo más.

Si deseas ver opciones de apartamentos económicos en en la Ciudad de Santiago de los Caballeros puedes ingresar al siguiente vínculo: https://abogadosiglo21.blogspot.com/2020/06/apartamentos-en-venta-ubicados-en.html. También puedes escribirnos al WhatsApp 1-849-265-0004 para mostrarte otros inmuebles que se ajusten a tus búsquedas o llamarnos a nuestra oficina al 1-809-336-7486 para más información.   





martes, 9 de junio de 2020

➤ Apartamentos en Venta Ubicados en Gurabo, Santiago de los Caballeros, República Dominicana ➤ Abogados de Tierra en Santiago de los Caballeros, República Dominicana ➤ Abogados Siglo 21


Apartamentos en Venta Ubicados en Gurabo, Santiago de los Caballeros, República Dominicana, Disponibles al 1-849-265-0004.


Descripción:


• Sala
 Comedor
 Cocina abierta
 Área de Lavado
 Balcón
• Dos (2) Habitaciones con closet.
 Habitación principal con su baño
 Baño común
 Calentador
 Un (1) parqueo

Disponibilidad:


 2do. Nivel 
 3er. Nivel 
 4to Nivel 

Dimensión:


• 75 Mt2

Precio


• RD$2,300,000.00 negociable.

Amenidades:


El Residencial es cerrado con seguridad permanente, portón eléctrico, entrada biométrica con Intercom. Es de fácil acceso. Cuenta en sus inmediaciones con varios supermercados y minimarkets, farmacias, tiendas, restaurantes, papelerías, colegios en la zona.

Para más información llamar al 1-849-265-0004 o escribir al whatsApp 1-849-265-0004. Ver fotos a continuación: