domingo, 10 de mayo de 2020

➤ Notas Sobre la Obra El Enemigo en el Derecho Penal de Eugenio Raúl Zaffaroni ➤ Abogados Penalistas en Santiago de los Caballeros, República Dominicana


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En su obra titulada El enemigo en el Derecho Penal, el autor Eugenio Raúl Zaffaroni nos presenta la forma de cómo determinados seres humanos en el curso de la historia han sido tratados como no personas desde la óptica del poder punitivo. 

Estos individuos infractores de las normas siempre han sido considerados como entes peligrosos o dañinos para la sociedad, por esta razón el aparato punitivo del Estado le ha dado un trato diferenciado o discriminatorio. 

Si lo comparamos con los demás seres humanos que en un determinado momento histórico se conciben como no peligrosos para la sociedad de ese entonces, podemos notar que a aquellos se les vulneran todos los derechos que les son respetados a estos últimos quienes también han cometido determinada infracción, pero por el solo hecho de no ser considerados como enemigo de la sociedad tienen un trato ventajo.

Al leer la señalada obra de Zaffaroni podemos aún más comprobar que ciertamente el Derecho Penal no siempre ha podido ni puede cumplir al máximo con una de sus funciones esenciales que es establecer un marco de garantía para que el Estado no violente de manera desmedida, arbitraria y constante los derechos de los ciudadanos al momento de perseguir un determinado delito. 

Pero lo peor es que en el caso de estos individuos considerados como no personas, el Estado ni siquiera se preocupa por protegerles sus derechos humanos, sino que desde su propia legislación aprueba normas para que sean procesados en situaciones que contemplan siempre violaciones a todas sus garantías individuales, y el Derecho Penal en vez de tratar de controlar esta situación lo que hace es que la aprueba con su normativa.

En este escenario, las personas que dirigen los estamentos de poder en una época determinada pueden decidir de manera arbitraria quienes van a ser considerados como enemigos de la sociedad o un peligro para esta, en consecuencia, tienen facultad para establecer de manera soberana, y sin precisar de fundamentación alguna, cuáles seres humanos van a ser tratados como no personas, con todas las consecuencias jurídicas que dicha situación implica. 

Esta determinación de parte de estos grupos que controlan el poder punitivo de un Estado, en la mayoría de los casos únicamente tiene como finalidad principal garantizar su permanencia en el poder o lograr ascender al mismo sin importarles verdaderamente el bien común ni las garantías de los derechos individuales.

Es por esto que el concepto de enemigo en el derecho penal es básicamente una acepción inherente al Estado Absoluto y no cabe dentro de un real Estado de Derecho. 

En efecto, como bien establece Zaffaroni el concepto de enemigo en el derecho penal es extraño a un Estado de Derecho puesto que al asumir aquel concepto como válido, estamos penando a los individuos que sean sindicados en el mismo, tomando únicamente como base su alegada condición de sujetos dañinos o peligrosos para la sociedad sin valorar si la conculcación de los derechos básicos de los cuales son víctimas se realiza mediante cualquier otro método que no sea la pena.

Además, admitir la aplicación del concepto de enemigo en el derecho penal en un Estado de Derecho implica desconocer los derechos humanos propios de cada persona que deben ser protegidos en este último. 

Sin embargo, aún en la actualidad se quiere erróneamente establecer que es posible mantener vigente un derecho penal del enemigo que sea coherente con un real Estado de Derecho.

En la actualidad, el desarrollo de los medios de comunicación en el mundo ha permitido que se propague a nivel global la propuesta de un poder punitivo con marcadas características represivas que incita al retorno del autoritarismo. 

Al igual que en el pasado, las supuestas situaciones de emergencias constantes o la llamada necesidad de defenderse son utilizadas por los que detentan el poder en los diferentes Estados para lograr la aprobación de legislaciones punitivas con evidente índole autoritario. En estas se concibe en principio el enemigo como un ente extraño a la sociedad misma o un terrorista. 

Sin embargo, este argumento a su vez además de servir ciertamente para ejercer un poder punitivo sin control sobre los enemigos de la sociedad o terroristas también es utilizado para controlar a los demás ciudadanos comunes que infringen la ley, los cuales ven vulnerados sus derechos al tener la potestad el poder punitivo de ejercer un mayor control sobre toda la ciudadanía.    

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