Existen situaciones procesales que, aunque parezcan un simple tecnicismo, encierran principios jurídicos fundamentales sobre la capacidad para actuar en justicia. Uno de esos casos fue resuelto recientemente por la Cámara Civil y Comercial de la Corte de Apelación del Departamento Judicial de La Vega, mediante su Sentencia Civil núm. 2026-00201 (NUC: 2021-0041611), de fecha 22 de junio de 2026, en un proceso en el que nuestro equipo de Abogados Siglo 21 representó con éxito a la parte recurrida. A continuación, analizamos las motivaciones de derecho de esta interesante decisión.
Los Hechos del Caso
Todo se originó con una demanda civil en nulidad de pagaré notarial, de certificado de acreedor inscrito, mandamiento de pago y reparación de daños y perjuicios, interpuesta en noviembre del 2021 contra el señor X. La Segunda Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Vega acogió dicha demanda mediante sentencia de fecha 19 de mayo de 2025, declarando la nulidad del pagaré notarial correspondiente, estableciendo la responsabilidad civil del demandado conforme al artículo 1382 del Código Civil, y condenándolo al pago de dos millones de pesos dominicanos (RD$2,000,000.00) por concepto de daños y perjuicios.
