Definición de Deslinde
El deslinde se define como el proceso mediante el cual se ubican, determinada e individualizan los derechos amparados en constancias anotadas.
El deslinde se convierte en litigioso cuando un colindante
copropietario o alguien con interés jurídico, comparece al mismo oponiéndose a este.
Se da si durante el procedimiento técnico alguna persona física o moral notifica un acto al agrimensor actuante encargado de la mensura o a la Dirección Regional de Mensuras Catastrales correspondiente, oponiéndose a que dicho trabajo de deslinde se realicen.
Se da si durante el procedimiento técnico alguna persona física o moral notifica un acto al agrimensor actuante encargado de la mensura o a la Dirección Regional de Mensuras Catastrales correspondiente, oponiéndose a que dicho trabajo de deslinde se realicen.
Proceso del Deslinde Litigioso
Es preciso indicar que el hecho que una persona se oponga a la
realización de los trabajos técnicos, no quiere decir, que estos trabajos de deslinde se van a paralizar, todo lo contrario, el agrimensor continuará
hacia delante con sus trabajos e informe de la susodicha oposición para que el
Tribunal en la Jurisdicción de juicio tome en cuenta esta situación y se cite a
todas aquellas personas que con sus derechos manifestaron oposición al mismo.
La demanda en nulidad de deslinde es una litis sobre
derechos registrados, ya que con ella se persigue la nulidad de un derecho. La misma debe recorrer los grados de jurisdicción que para la litis estipula nuestra legislación.
Tipos de Demandas en Nulidad de Deslinde
Entre las razones que pueden dar lugar a una demanda en nulidad
de deslinde están las siguientes:
- Nulidad de deslinde porque quien deslindó no era
quien ocupaba esa porción de terreno.
- Nulidad de deslinde porque al deslindarse ocupó parte de los derechos
del colindante.
- Nulidad de deslinde porque se superpuso o montó su deslinde encima de otra parcela o solar.
- Nulidad de deslinde porque los derechos vienen de una sucesión, y lo que se hizo fue una determinación de heredero numérica, no hay partición en naturaleza, por tanto, como ninguno de los herederos saben en qué lugar del inmueble le corresponde.