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domingo, 4 de enero de 2026

➤ Abogados Siglo 21 ➤ Abogados en Santiago de los Caballeros, República Dominicana



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ABOGADOS SIGLO 21


Permítanos hacerle una breve presentación de los principales servicios que brinda nuestra Firma Abogados Siglo 21 con la finalidad de hacer de su ejercicio comercial más productivo y seguro. Estos servicios se lo hemos presentado a otras empresas y personas y han aumentado sus ingresos de manera considerable. ¿Seguro usted se preguntará cómo puede una oficina de abogados incrementar sus beneficios?

En los tiempos actuales, como todo el mundo sabe, es de suma importancia en las actividades comerciales y de negocios exitosos, contar con ayuda jurídica profesional, asequible económicamente y de confianza con la finalidad de evitar conflictos legales, resolverlos de forma rápida y efectiva, si surgen, o enfrentarlos y disminuir, de la mejor forma cualquier, gasto en los procesos judiciales.

Somos una firma creciente en el mercado, y estamos presentado nuestros servicios legales a clientes que podamos ayudar. ¿Sabía usted que con nuestra colaboración se pueden reducir los riesgos en áreas vitales del negocio como son: laboral y de la seguridad social, penal, de tránsito, medio ambiente, tierras, derecho de autor y responsabilidad civil, y colaborar en el crecimiento económico del mismo y hasta impedir su quiebra, en algunas ocasiones?

Contratar una firma de abogados como la nuestra no es un gasto, sino más bien una inversión que dejará su ganancia a muy corto plazo, puesto que como diremos más abajo, contamos con un equipo de profesionales altamente capacitados, con más de una década de experiencia en el ejercicio de sus respectivas áreas que se esfuerzan día a día en brindar un trato personalizado en la protección de los intereses de nuestros clientes, lo cual constituye nuestro principal objetivo.

¿Entonces se puede decir que considera usted que hoy en día es sumamente importante para tener éxito en los negocios contar con una excelente asesoría de una Firma de Abogados como la nuestra que brinda servicios flexibles a un precio que se pueda pagar y con un plan que también se pueda elegir, verdad? Esto es justamente lo que ofrecemos con la más alta calidad, dedicación, profesionalidad, lealtad y ética.

  

BREVE RESEÑA SOBRE NOSOTROS


Abogados Siglo 21 es una firma compuesta por un grupo de profesionales altamente capacitados en sus respectivas áreas de ejercicio a nivel de Maestría y otras especializaciones de la litigación tanto en las mejores universidades de la República Dominicana así como en el exterior.

Nuestro equipo cuenta con experiencia litigiosa en las diferentes áreas del Derecho por más de una década. Los abogados de nuestra firma se han desempeñado en el ejercicio de sus carreras en puestos tan importantes como Fiscales, Profesores Universitarios, Coordinadores de Departamentos de Litigio, entre otros exigentes puestos que garantizan su experiencia, capacidad y alta profesionalidad en los actuales servicios que brinda nuestra firma.

También nuestros abogados se distinguen por su trato personalizado, su manejo leal y ético en los servicios jurídicos brindados, además de alto grado de sensibilidad y empatía al momento de buscar la solución a cualquier conflicto que enfrentan nuestros clientes.


NUESTROS SERVICIOS PROFESIONALES


Nuestra firma de abogados tiene su sede en la ciudad de Santiago de los Caballeros, pero litiga en todo el territorio de la República Dominicana. Dentro de los servicios que les ofrecemos se encuentran los siguientes:

1)   Asesorías Legales Mediante Consultas,
2)   Igualas Profesionales,
3)   Representación en Litigios,
4)   Cobros Compulsivos
5)   Querellas, Acusaciones o Defensas,
6)   Demandas o Defensas,
7)   Asesoría y Defensas en Derecho Laboral,
8)   Asesoría y Defensas en Derecho Tributario,
9)   Accidentes de Tránsito
10) Asesorías Inmobiliarias para Proyectos,
11) Contratos, Declaraciones Juradas y Testamentos
12)  Gestión de Permisos para Empresas,
13)  Registro de Nombre Comercial,
14)  Constitución de Compañías,
15)  Gestión de Documentos Legales,
16)  Participación en Joint Venture,
17)  Asesoría a Empresas Extranjeras,
18) Asesoría Migratoria y Consular: Visas y Residencias,
19)  Traducción de Documentos,
20)  Actos Notariales,
21)  Deslindes y Saneamientos
22)  Tasación de Inmuebles
23)  Experticia en Documentos Falsificados
24)  Administración y Ventas de Inmuebles
25)  Seguros y Reclamaciones
26)  Determinación de Herederos y Particiones
27)  Divorcios y Particiones
28)  Demanda en Partición por Concubinato
29)  Defensa contra Documentos Simulados
30)  Daños y Perjuicios
31)  Daños por Desperfectos Eléctricos
32)  Daños Por Datacrédito Incorrecto
33)  Embargos y Desalojos
34)  Demanda en Guarda de Menores
35)  Pensión Alimenticia de Menores
36)  Régimen de Visita de Menores
37)  Hábeas Corpus por Prisión Ilegal
38)  Acción de Amparo
39)  Apostillamiento de Documentos, entre otros.


ÁREAS DE EJERCICIO


1)   Derecho de Tierras
2)   Derecho de Familia
3)   Derecho Penal
4)   Derecho del Trabajo y la Seguridad Social
5)   Derecho Civil
6)   Derecho Comercial
7)   Derecho de Autor
8)   Derecho del Medio Ambiente
9)   Derecho de los Seguros y sus Reclamaciones
10) Derecho Notarial
11) Arbitraje y Conciliación
12) Accidentes de Tránsito y Eléctricos
13) Cobros y Ejecuciones
14) Responsabilidad Civil
15) Responsabilidad Médica
16) Derecho Constitucional
17) Derecho Administrativo
18) Derecho Tributario


PROPUESTA DE IGUALA PROFESIONAL


Le brindamos asesoría en las áreas de ejercicio de su elección por un monto específico mensual, lo cual incluye todos los servicios de:

-  Consultas Legales

-  Defensas y Representación en Procesos

-  Asesoría para Reuniones de Negocios

-  Gestión de Documentos

-  Charlas de Orientación para Empresas y Empleados

-  Cobros Compulsivos

- Orientación para Contratos y Redacción, Revisión y Actualización de Modelos Legales Para La Empresa,

Redacción de Actos Procesales: Notificaciones, demandas, querellas, entre otros.

Para más información llamar a los números 1-849-265-0004 y 1-809-336-7486 o escribir al correo electrónico: consultorialegaldominicana@gmail.com 


domingo, 22 de marzo de 2020

➤ El Poder Judicial De La República Dominicana Suspende Las Labores Administrativas Y Jurisdiccionales, Incluidos Plazos Procesales y Registrales Por El Coronavirus


El Consejo del Poder Judicial dispuso la suspensión de labores administrativas y jurisdiccionales del Poder Judicial y por vía de consecuencia los plazos procesales, registrales y administrativos para todos los organismos dependientes, que se reanudarán tres días hábiles después de haber cesado el estado de emergencia.

El dispositivo suspende las actuaciones procesales judiciales y extrajudiciales realizadas por los alguaciles.

En cuanto a los plazos procesales de los procesos penales iniciados, tanto en la jurisdicción ordinaria como lo relativo a Niños, Niñas y Adolescentes, las juezas y jueces actuarán observando las disposiciones del Código Procesal Penal y el Código para la protección de los derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes de la República Dominicana.

La información está contenida en el acta de sesión extraordinaria 02-2020 de fecha 19 de marzo y la que establece que se mantienen en funcionamiento, únicamente, las Oficinas Judiciales de Servicios de Atención Permanente de la Jurisdicción Penal en todo el territorio nacional. 

Además de las atribuciones ordinarias, las Oficinas Judiciales de Servicios de Atención Permanente atenderán los casos de urgencia tendentes a la protección de derechos fundamentales que puedan reclamarse mediante el hábeas corpus y las acciones de amparo. 

El Consejo del Poder Judicial emitió estas disposiciones en el ejercicio de sus facultades atribuidas por la Constitución de la República en su artículo 156, en virtud de las disposiciones establecidas en su Ley Orgánica núm. 28-11 y atendiendo a la resolución 62-20 dictada por el Congreso Nacional en el día de hoy, que declara  Estado de Emergencia en todo el territorio nacional y de acuerdo con el decreto    134-20.

El dispositivo instruye a las Oficinas de Atención Permanente a prestar  su servicio con el mínimo de personal requerido y con las mayores medidas de prevención a los fines de evitar el contagio del Covid-19.

lunes, 17 de febrero de 2020

➤ Abogados de Tierras en Santiago de los Caballeros al 1-849-265-0004 ➤ Abogados Litigantes


Necesitas la ayuda de un Abogado de Tierras en Santiago de los Caballeros o cualquier parte de la República Dominicana?

Somos especialistas en Asuntos de Tierras. Nuestro equipo cuenta con Maestría en Legislación de Tierras y un ejercicio en Litigio en todo el país de más de 13 años. Podemos ayudarte en cualquier problema vinculado con tus inmuebles, ya sean solares, fincas, apartamento, casas o locales comerciales, entre otros.  

Recuerda que estamos ubicados en Santiago de los Caballeros, República Dominicana. Además somos Abogados de Migración, Traductores Legales de los Idiomas Inglés, Francés, Italiano y Alemán. Brindamos Consultas Legales y Representación en Litis de: Tierra, Familia, Penal, Civil y Tránsito. Trabajamos: Todo Tipo de Divorcios, Gestión de Visas y Venta de Inmuebles. Nuestros Teléfonos son: 1-809-336-7486 y 1-849-265-0004. Estamos ubicados en la Avenida Luperón, Galerías Comerciales El Edén, Mód. 2-B, Santiago de los Caballeros. Nuestro horario es de Lunes a Viernes de 9:00 A.M. a 5:00P.M.

jueves, 8 de febrero de 2018

➤ PAÍSES QUE NO REQUIEREN VISA EN PASAPORTES DIPLOMÁTICOS Y OFICIALES ➤ Abogados de Divorcio en Santiago de los Caballeros




NO REQUIEREN VISA EN PASAPORTES DIPLOMÁTICOS Y OFICIALES, mediante acuerdo bilateral o por disposición del gobierno del país de destino. 

1. Argentina. Exentos mediante acuerdo recíproco de fecha 17 octubre 1992. 

2. Aruba. Exentos siempre que posean visa válida y múltiple de EE. UU., Canadá o los países Schengen. 

3. Alemania. Exentos sólo para tránsito por aeropuerto de Frankfurt. 

4. Bonaire. Exentos siempre que posean visa válida y múltiple de EE. UU., Canadá o los países Schengen. 

5. Botswana. Exentos a partir del 30 de marzo de 2009. Por disposición del Gobierno de Botswana. 

6. Belice. Exentos mediante acuerdo recíproco de fecha 6 noviembre 1997.

7. Brasil. Exentos mediante acuerdo recíproco de fecha 17 noviembre 2003. 

8. China, Taiwán. Exentos mediante acuerdo recíproco de fecha 3 de diciembre 2002. 

9. Chile. Exentos mediante acuerdo recíproco de fecha 4 de marzo 1998. 

10. Cuba. Exentos mediante recíproco acuerdo de fecha 22 de julio de 2010. 

11. Curazao. Exentos de visa siempre que posean visa válida y múltiple de EE. UU., Canadá o los países Schengen. 

12. Costa Rica. Exentos mediante acuerdo recíproco de fecha 6 noviembre 1997. 

13. Corea. Exentos mediante acuerdo recíproco de fecha 2 febrero 1982. 

14. Colombia. Exentos mediante acuerdo recíproco de fecha 10 septiembre de 1962. 

15. Ecuador. Exentos mediante acuerdo recíproco de fecha 9 agosto 1967. 

16. El Salvador. Exentos mediante acuerdo recíproco de fecha 4 noviembre 1997. 

17. Francia. Exentos para una estadía de menos de 30 días cada 6 meses o de tránsito por el Aeropuerto. Por disposición del gobierno francés a partir del 4 de marzo de 2010. 

18. Finlandia. Exentos mediante acuerdo de fecha 22 de agosto de 1989. 

19. Filipinas. Los dominicanos que viajen a Filipinas pueden solicitar una extensión de larga duración del visado del visitante (LSVVE), por un período de 6 meses con permanencia máxima de 36 meses, inclusive las prórrogas. Por disposición del Gobierno Filipino en fecha 23 de julio de 2013. 

20. Georgia. Exentos por una estadía no más de 360 días. Autorizado por el Gobierno de Georgia. 

21. Guatemala. Exentos mediante acuerdo recíproco de fecha 6 noviembre 1997. 

22. Guyana Inglesa. Exentos por una estadía de 30 días. Disposición del Gobierno de Guyana d/f 16 de Mayo de 2013. 

23. Haití. Exentos los portadores de visa vigente de Estados Unidos, Canadá, Estados Schengen. Disposición d/f 10 de enero de 2012 

24. Hong Kong. Exentos para una estadía de hasta 30 días. Autorizado por el Depto. de Inmigración del Gobierno de Hong Kong. 

25. Honduras. Exentos de visa mediante acuerdo recíproco de fecha 6 noviembre 1997 

26. Israel. Exentos mediante acuerdo suscrito entre ambos países. 

27. Japón. Exentos mediante acuerdo de fecha 20 de marzo de 1957. 

28. México. Exentos sólo pasaportes diplomáticos mediante acuerdo recíproco de fecha 18 de agosto de 1997. Los pasaportes oficiales están exentos a partir del 1ro de mayo de 2010, siempre que posean visa de Estados Unidos vigente y válida. Por disposición de gobierno mexicano. 

29. Marruecos. Exentos mediante acuerdo recíproco de fecha 23 de mayo 2002. 

30. Nicaragua. Exentos mediante acuerdo recíproco de fecha 6 noviembre 1997 

31. Paraguay. Exentos mediante acuerdo recíproco de fecha 18 abril 2009. 

32. Panamá. Exentos mediante acuerdo recíproco de fecha 25 noviembre 1997 

33. Perú. Exentos mediante acuerdo recíproco de fecha 22 octubre 1991 

34. Rusia. Mediante acuerdo recíproco de fecha 01 abril 2010. 

35. Rumania. Exento para portadores de visa Schengen con dos o múltiples entradas y permiso de residencia Schengen, válido hasta 90 días en un período máximo de 180 días. Autorizado por disposición No. 109/2013 del Gobierno Rumano, a partir del 1 de febrero 2014. 

36. San Martín. Exentos siempre que posean visa válida y múltiple de EE. UU., Canadá o los Países Schengen. 

37. San Eustaquio. Exentos siempre que posean visa válida y múltiple de EE. UU., Canadá o los países Schengen. 

38. Saba. Exentos siempre que posea visa válida y múltiple de EE. UU., Canadá o los países Schengen. 

39. Turquía. Exentos mediante acuerdo recíproco de fecha 15 de abril de 2014 (en proceso de ratificación). 

40. Ucrania. Exentos mediante acuerdo recíproco de fecha 25 septiembre 2002. 

41. Uruguay. Exentos mediante acuerdo recíproco de fecha 21 agosto 2001.

42. Vietnam (Rep. Socialista) Exentos mediante acuerdo recíproco de fecha 30 de agosto de 2007.

viernes, 21 de julio de 2017

¿QUÉ ES LA DUREZA EXTREMA PARA EL NUEVO PERDÓN Y CÓMO SE PRUEBA?



La dureza extrema es un requisito para que ciertos indocumentados familiares inmediatos de un ciudadano americano que no pueden ajustar su estatus obtengan un perdón migratorio o waiver en Estado Unidos antes de salir del país para acudir a una embajada o consulado para la entrevista para obtener una visa de inmigrante.

El objetivo es reducir así el tiempo de separación familiar en la tramitación de sus tarjetas de residencia. Es preciso recordar que el trámite ordinario requiere que el indocumentado deje Estado Unidos y espere por el perdón ordinario en el extranjero. Este procedimiento puede durar años, con lo que se resiente la unidad familiar.

Esto puede obligar al ciudadano americano que es pariente inmediato del indocumentado que está arreglando los papeles a acompañarlo al extranjero durante mucho tiempo, precisamente para evitar que se produzca esa separación familiar.

lunes, 19 de junio de 2017

CAUSAS PORQUE LAS QUE TE PUEDEN RECHAZAR LA SOLICITUD DE LA TARJETA DE RESIDENCIA


En algunas ocasiones aunque cumplas con los requisitos para solicitar una tarjeta de residencia puede ser que la petición te sea denegada. A continuación te presentamos las causas que te hacen inadmisible para recibir la tarjeta de residencia. Es importante tener conocimiento de estos motivos antes de introducir los papeles en inmigración, y así saber cuáles son las posibilidades de obtener la residencia.

La tarjeta de residencia puede ser negada por ser inadmisible por las siguientes causas.

Ø  Padecer cierto tipo de enfermedades contagiosas o carecer de determinadas vacunas.