viernes, 10 de abril de 2020

➤ Criterios Aplicables al Divorcio Por Mutuo Consentimiento en la Legislación de la República Dominicana, ➤ Abogados de Divorcio en Santiago de los Caballeros, República Dominicana




La parte que alega que el acto de estipulaciones de un divorcio por mutuo consentimiento no fue firmado por ella debe proceder por la vía de la inscripción en falsedad. SCJ, 1.a Sala, 28 de marzo de 2012, núm. 141, B. J. 1216.


Los actos de estipulaciones y convenciones solo surten sus efectos jurídicos a partir de la disolución real y efectiva del vínculo matrimonial, que tiene lugar cuando se pronuncia el divorcio en la oficialía del Estado Civil correspondiente. SCJ, Cámaras Reunidas, 30 de abril de 2003, núm. 12, B. J. 1109, pp. 109-116; 1.a Sala, 19 de septiembre de 2012, núm. 61, B. J. 1222; 1.a Cám., 24 de enero de 2007, núm. 34, B. J. 1152, pp. 343-355.


Las disposiciones del acta de estipulaciones no tienen ningún efecto si la parte que lo invoca no puede demostrar que el divorcio ha sido pronunciado, aunque deposite la sentencia de divorcio. La exigencia de inscribir la sentencia que admite el divorcio ante el oficial del Estado Civil es una condición obligatoria para la validez de dicha decisión. SCJ, 1.a Sala, 19 de septiembre de 2012, núm. 61, B.  J. 1222.


El cónyuge divorciado por mutuo consentimiento que advierte que un bien inmueble registrado ha sido omitido del acta de estipulaciones puede apoderar al tribunal de tierras para que proceda a ordenar la partición de dicho inmueble. SCJ, 3.a Cám., 10 de agosto de 2005, núm. 12, B. J. 1137, pp. 1601-1613.


Las sentencias de divorcio por mutuo consentimiento dictadas en instancia única por los tribunales de primer grado no son apelables, pero pueden ser recurridas en casación, según el artículo 1 de la Ley sobre Procedimiento de Casación. La legislación que rige el divorcio no prohíbe la interposición de dicho recurso. SCJ, 1.a Sala, 28 de marzo de 2012, núm. 141, B. J. 1216; 26 de octubre de 2011, núm. 28, B. J. 1211;1.a Cám., 11 de febrero de 2004, núm. 12, B. J. 1119, pp.141-148.