lunes, 27 de noviembre de 2023

Concubinato. Demanda en partición. Prescripción. Viraje jurisprudencial. SCJ, 1.ª Sala, 14 de septiembre de 2022, núm. SCJ-PS-22-2691, B. J. 1342, pp. 888-899 (con voto disidente).



Esta Jurisprudencia se refiere a un caso legal en la República Dominicana en el que se discute la acción en partición de los bienes producidos en una relación de hecho. 

El plazo de prescripción de dos años para la acción en partición de comunidad matrimonial establecido en el artículo 815 del Código Civil no se aplica a la acción en partición de los bienes producidos en una relación de hecho, sino el plazo de más larga prescripción de veinte años.

El caso legal involucra una demanda en partición de los bienes producidos en una relación de hecho, y el tribunal decidió que el plazo de prescripción de veinte años es aplicable en lugar del plazo de dos años para la acción en partición de comunidad matrimonial. 

Este caso demuestra que, aunque no exista un reconocimiento legal explícito del concubinato en la República Dominicana, la jurisprudencia y ciertas leyes pueden reconocer la unión de hecho como una modalidad diferente de establecer una familia y tener efectos jurídicos en casos específicos.