domingo, 26 de noviembre de 2023

20 Aspectos Jurídicos Importantes de la Ley del Notariado en la República Dominicana (Ley 140-15)



A continuación, se presentan los 20 aspectos jurídicos importantes de la Ley del Notariado en la República Dominicana (Ley 140-15).

1. Fundamentos de la ley: La Ley se basa en los principios de legalidad, seguridad jurídica, aseguridad de la titularidad y de la posesión, y eficiencia en el ejercicio de las funciones notariales.

2. Objetivos de la ley: La ley tiene como objetivo fomentar el acceso a la propiedad, facilitar el ejercicio de los derechos reales, garantizar la seguridad jurídica y asegurar la eficiencia en el ejercicio de las funciones notariales.

3. Creación del Colegio de Notarios: La ley establece la creación del Colegio de Notarios, una institución encargada de regular y supervisar el ejercicio de las funciones notariales en la República Dominicana.

4. Requisitos para ser notario: La ley establece los requisitos para ser notario, incluyendo la nacionalidad, edad, residencia, instrucción y capacitación profesional.

5. Funcciones de los notarios: Los notarios tienen como funciones la realización de actos y escritos por los interesados, la legalización de firmas, la notarización de instrumentos y la realización de actos notariales excepcionales.

6. Tarifas de honorarios: La ley establece las tarifas de honorarios que los notarios pueden cobrar por sus servicios, que son aprobadas por el Consejo del Notariado.

7. Responsabilidades de los notarios: Los notarios son responsables de la correcta ejecución de sus funciones, la protección de la integridad de los instrumentos y la garantía de la seguridad jurídica.

8. Investigación y vigilancia: Los notarios tienen la obligación de realizar investigaciones y vigilancia en la ejecución de sus funciones, incluyendo la verificación de la existencia de instrumentos y la validez de los requisitos.

9. Responsabilidad penal: La ley establece las responsabilidades penales en caso de incumplimiento de las funciones notariales por parte de los notarios.

10. Proceso de notarización: La ley regula el proceso de notarización, incluyendo la presentación de instrumentos, la realización de actos y la cobra de honorarios.

11. Ejecución forzosa de actos: La ley establece las condiciones y requisitos para la ejecución forzosa de actos en nombre de los acreedores.

12. Publicidad de instrumentos: La ley regula la publicidad de instrumentos, incluyendo la presentación de instrumentos ante el Registro de la Propiedad Inmueble y la publicación en diarios oficiales.

13. Reserva de jurisdicción: La ley establece la reserva de jurisdicción en favor del notario en ciertos casos, como la negación de la petición de un tercero o la inasistencia del solicitante.

14. Facultades del notario: La ley otorga facultades al notario para realizar actos y escritos por los interesados, la legalización de firmas y la notarización de instrumentos.

15. Actos notariales excepcionales: La ley establece que los actos notariales excepcionales deben ser realizados por notarios y bajo su responsabilidad.

16. Vigencia de la ley: La ley vigente es la Ley 140-15, aprobada el 7 de agosto de 2007.

17. Relación con otras leyes: La ley se relaciona con otras leyes, como la Ley 140-15 del Notariado y el Colegio de Notarios, la Ley 301 de 1964 del Notariado y el Colegio de Notarios, y la Ley 659 de 1944 Sobre Actos del Estado Civil.

18. Reglamentación de la Ley: La Ley 140-15 es reglamentada por el Reglamento del Notariado, aprobado el 17 de octubre de 2007.

19. Entrada en vigor: La Ley entró en vigor el 7 de agosto de 2007.

20. Repercusiones de la Ley 301 de 1964: La Ley 140-15 reemplaza a la Ley 301 de 1964, que fue derogada al ser promulgada la nueva ley.