Hace más de quince años, la señora N, residente en un suburbio tranquilo de los Estados Unidos, recibió una noticia agridulce: su madre había fallecido en la República Dominicana.
Entre la tristeza y la distancia, la vida continuó su ritmo. Su madre le había dejado un pequeño patrimonio: algunos muebles con valor sentimental y, lo más importante, dos casas en la ciudad y un par de solares que prometían ser una buena inversión.
La señora N siempre tuvo la intención de venir a Santo Domingo para formalizar la herencia y vender o alquilar las propiedades, pero el viaje se pospuso una y otra vez. Primero, los hijos estaban pequeños; luego, el trabajo se intensificó; después, el miedo a los trámites en un país lejano.
Los años se convirtieron en un lapso de tiempo nebuloso, y el recuerdo de esos bienes, aunque latente, se fue relegando a una tarea "pendiente" que nunca se priorizaba.
Finalmente, impulsada por un familiar, la señora N decidió que era hora de actuar. Contactó a Abogados Siglo 21 para que la ayudaran a reclamar lo que legalmente le pertenecía.
El rostro del abogado se ensombreció al revisar la documentación inicial. "Señora N," le explicó con cautela, "me temo que el tiempo ha jugado en su contra. Usted ha tardado más de una década y media en formalizar esta herencia y tomar posesión de los bienes."
La triste realidad se reveló como un golpe:
Las casas y los solares ya no estaban "libres". Otras personas, aprovechando el abandono, habían ocupado las propiedades, e iniciado el proceso de prescripción adquisitiva (usucapión) ante el Registro de Títulos, logrando obtener Certificados de Títulos nuevos y legítimos a su nombre.
Los muebles habían sido desmantelados, vendidos o simplemente desechados por los ocupantes al tomar posesión de las viviendas.
En el ámbito legal dominicano, la inacción durante tanto tiempo convierte la reclamación en una batalla cuesta arriba, larga y costosa. La justicia protege al dueño, pero solo al dueño que se manifiesta y protege activamente su derecho.
La señora N se encontró con que el tesoro que su madre le había dejado se había esfumado en el aire de la burocracia y la inacción.
Aunque Abogados Siglo 21 emprendió acciones legales con gran esfuerzo, el daño estaba hecho. Recuperar esos bienes era casi imposible o costaría más en tiempo y dinero de lo que valían.
Perdió el valor material de las casas y el sentimental de los muebles, no por un error legal, sino por la demora. La señora N comprendió que en el mundo de los bienes y la ley, la intención no basta; se requiere la acción.
La Moraleja
La ley no ampara al durmiente. En asuntos de herencias, propiedades y derechos, la prontitud es la clave. Los derechos, aunque sean suyos por ley, deben ser ejercidos, formalizados y protegidos activamente en el tiempo establecido.
Dejar pasar los años es darle la oportunidad a otros (o al propio sistema) para que legítimamente tomen posesión de lo que usted ha descuidado. ¡No posponga el cuidado de su patrimonio!
