A) Requisitos para certificación de estado jurídico del inmueble y de inscripción.
Documento Base:
1. Instancia de Solicitud.
2. Realizada por persona interesada.
3. Dirigida al Registro de Títulos
correspondiente.
4. Generales completas del
solicitante.
5. Dirección.
6. Teléfono.
7. Especificación de la extensión
superficial, en caso de que haya más de una.
8. Descripción del inmueble con
designación catastral (Parcela, Solar, Manzana, D.C., Matrícula).
9. Especificar el nombre del
propietario.
B) Documentos Anexos:
Duplicado de Certificado de Título o
Constancia Anotada.
1. Opcional.
2. Copia simple de ambas caras.
Copia del documento de identidad del
depositante.
1. Legible.
2. De ambos lados.
C) Pago de Tasas por Servicio.
- Pagar en el Banco de Reservas
correspondiente a la Jurisdicción Inmobiliaria por la suma de RD$1,000.00
(código 004 del Formulario de Tasas por Servicio).
Impuestos a pagar en la Dirección de
Impuestos Internos.
- Un Sello Ley 91 RD$50.00.
- Recibo Ley 33-91 RD$10.00.
Las tasas por servicios para depósitos remotos a los diferentes Registros de Títulos se pagan en el Banco de Reservas. El depósito remoto para la provincia de Santo Domingo tiene un costo de RD$300.00 (código 015 del Formulario de tasas por servicio).
El depósito remoto para las localidades del
interior tiene un costo de RD$800.00 (código 016 del Formulario de tasas por
servicio).
El Distrito Catastral determina a cual Registro de Título pertenece su inmueble. Para los casos concernientes al Distrito Nacional y la provincia Santo Domingo los Distritos Catastrales números 02, 03, 04, 05 y 13 pertenecen al Distrito Nacional.
El Distrito Catastral número 01 es compartido entre el Registro de Título de la provincia Santo Domingo y el Registro de Título del Distrito Nacional. Todos los demás Distritos Catastrales pertenecen al Registro de Título de la provincia Santo Domingo.
Fuente: Jurisdicción
Inmobiliaria - Poder Judicial Dominicano.