En ocasiones
cuando algunas personas están buscando vivienda para rentarla suelen preguntar
si con relación a la misma es necesario pagar o no el mes de comisión que
normalmente se ha venido pagando en la República Dominicana, ya que les han dicho
que el cobro de éste mes de comisión supuestamente está prohibido por la ley.
En la actualidad
muchas personas creen de forma errónea que hay una ley en la República
Dominicana que prohíbe el cobro de la comisión de alquiler, ya que leyeron en
los medios de comunicación que había sido aprobada una ley que así lo prohíbe.
En
el caso del Proyecto De Ley General De
Alquileres De Bienes Inmuebles Y Desahucios, aprobada por la Cámara de
Diputados en segunda lectura, con 122 votos a favor y ninguno en contra, en la
sesión del martes del 10 de septiembre 2019, sigue siendo un proyecto de ley, no
una ley; y que a la misma le puede pasar igual que a muchos proyectos, que
perimen en el curso del tiempo.
Por
esta razón es necesario indicar que un proyecto de ley que es aprobado en una
de las Cámaras, ya sea la del Senado de la República Dominicana o la de la
Cámara de Diputados, luego pasará a la otra cámara para su aprobación conforme
lo establece la norma contenida en el Artículo 99 de la Constitución de la
República.
Además
para posteriormente convertirse en ley, dicho proyecto, debe ser aprobado por
ambas Cámaras y luego ser promulgada por el Poder Ejecutivo dentro de los
plazos que establece la Ley.
Es
necesario hacer la presente aclaración debido a que ha sido generada una gran confusión
cada vez que una de las Cámaras de Senadores o Diputados, aprueba un proyecto
de ley que tiene gran repercusión social.
En estos casos como se sabe los medios de comunicación se hacen eco de la noticia y la difunden como si ya fuera una ley ya aprobada.
Por tal, razón, la mayoría de las personas interpretan la información, como que
ya es una ley aprobada y obligatoria para todos, y no como debe ser, un proyecto aprobado
por una de las Cámaras, el cual tiene que ser aprobado por la otra cámara y luego ser
promulgada por el Poder Ejecutivo dentro de los Plazos que establece la Ley.
Lo que sí es cierto es que sin el cobro de un mes de comisión por el alquiler de una vivienda, tanto los agentes de bienes raíces como los abogados no van a trabajar diligenciando y alquilando propiedades si no les pagan el mes de comisión que se ha convertido en costumbre entre las partes y que es su único beneficio e incentivo.