jueves, 16 de enero de 2025

En los últimos 12 meses EEUU ha entregado más de 160 mil visas a dominicanos


Entre los últimos meses de 2023 y lo que va del 2024, la Embajada de los Estados Unidos en la República Dominicana ha emitido más de 160,000 visas, según el cónsul general Greg Segas.


Este notable número coloca a la República Dominicana en el segundo lugar a nivel mundial en la obtención de visas de residencia, solo detrás de México, y también se destaca entre los diez principales países en emisión de visas de paseo.

Visas de Residencia y Paseo

El cónsul Segas ha subrayado que, en el último año, la República Dominicana ha mantenido una posición destacada en la emisión de visas de paseo, junto a naciones como Brasil, México y Chile.

Este auge en la demanda refleja un creciente interés por parte de los dominicanos para viajar a Estados Unidos, lo que se traduce en un aumento significativo en las solicitudes de visas.

Problemas de Fraude Consular

A pesar del éxito en la emisión de visas, Segas también ha señalado que existe una preocupación creciente por los fraudes consulares.

Aunque no se proporcionaron cifras exactas, el cónsul enfatizó que la incidencia de fraudes es mayor de lo deseado.

Las consecuencias legales por presentar documentos falsos son severas y pueden afectar gravemente a quienes intentan obtener una visa.

Nuevo Centro de Atención de Visas

Un cambio significativo se hizo con el traslado del Centro de Atención de Visas (VAC) que actualmente opera en la plaza Sambil desde el 23 de septiembre de 2024.

Este nuevo centro contará con mejoras notables, como un nuevo banco y un aumento en el número de ventanillas para entrevistas.

Estas modificaciones están diseñadas para facilitar el proceso para los solicitantes y mejorar la experiencia general.

Impacto en el Turismo y la Economía

La alta emisión de visas también tiene implicaciones positivas para el turismo y la economía dominicana.

Un mayor número de dominicanos que obtienen visas para visitar Estados Unidos significa más oportunidades para el intercambio cultural y económico entre ambos países.

Además, este flujo turístico puede contribuir al crecimiento del sector servicios en la República Dominicana.

Conclusión

En resumen, la Embajada de los Estados Unidos en la República Dominicana ha logrado un hito significativo al emitir más de 160,000 visas en un período corto.

A pesar de los desafíos relacionados con el fraude consular, el país continúa siendo un líder en la obtención de visas tanto para residencia como para paseo.

Con la apertura del nuevo Centro de Atención de Visas, se espera que el proceso sea aún más accesible para los solicitantes dominicanos, fortaleciendo así los lazos entre ambos países y fomentando un intercambio continuo.

El Acuerdo Transaccional en la República Dominicana: Fundamentos Legales y Criterios Jurisprudenciales



El acuerdo transaccional se presenta como una herramienta valiosa en el ámbito jurídico dominicano. Permite a las partes que se encuentran en conflicto encontrar una solución a su disputa sin la necesidad de recurrir a un largo proceso judicial. 


La regulación de los acuerdos transaccionales se encuentra principalmente en el Código Civil de la República Dominicana, que establece los lineamientos necesarios para que estas transacciones sean válidas.


Fundamentos Legales


Los fundamentos legales del acuerdo transaccional en la República Dominicana están estipulados en los artículos relacionados con los contratos y las obligaciones en el Código Civil. 


Este cuerpo legal establece que un acuerdo puede surgir cuando las partes, de manera voluntaria y consciente, deciden desistirse de perseguir un derecho en base a ciertas condiciones pactadas. Para validar un acuerdo transaccional, deben cumplirse los siguientes requisitos:


Consentimiento: Es fundamental que exista un consentimiento libre y explícito de ambas partes. Cualquier tipo de coerción o engaño puede resultar en la nulidad del acuerdo.


Objeto Lícito: El objeto del acuerdo debe ser lícito. Esto significa que no se puede transaccionar sobre objetos o derechos que vayan en contra de la ley o de la moral.


Causa: La causa que motiva el acuerdo debe ser legítima. Esto se refiere a los motivos que llevan a las partes a realizar la transacción y que deben estar en consonancia con el ordenamiento jurídico.


Además de estos requisitos, las partes tienen la libertad de negociar los términos de su transacción, siempre que estos no infrinjan normas de orden público.


Criterios Jurisprudenciales


La jurisprudencia dominicana ha sido crucial en la interpretación y aplicación de los principios legales que rigen los acuerdos transaccionales. Varios criterios han emergido a través de decisiones de los tribunales que han consolidado la práctica del acuerdo transaccional en el país.


Buena Fe: Uno de los principios más firmemente establecidos en la jurisprudencia es el deber de buena fe en las transacciones. Los acuerdos deben ejecutarse de manera honesta y transparente, sin perjuicio para las partes involucradas.


Equidad: La jurisprudencia también ha enfatizado la necesidad de que las transacciones sean justas y equitativas. Los tribunales han señalado que las cláusulas desequilibradas o desproporcionadas pueden dar lugar a la anulación del acuerdo.


Ejecución de Acuerdos: La jurisprudencia se ha pronunciado acerca de la obligatoriedad de cumplir con los términos acordados en un contrato transaccional. En varios casos, los tribunales han confirmado que el incumplimiento de los términos pactados puede llevar a demandas por daños y perjuicios.


Transacciones en Materia Laboral: Se han emitido decisiones importantes en el ámbito laboral donde se han validado acuerdos transaccionales que resuelven conflictos entre empleadores y trabajadores, destacando la importancia de la protección de los derechos laborales.


Intervención Judicial: En casos específicos, se ha permitido la intervención de un juez para garantizar que los acuerdos se ejecuten de manera justa, especialmente en situaciones donde hay desbalance de poder entre las partes.


Conclusión


El acuerdo transaccional en la República Dominicana se constituye como una herramienta esencial para la resolución de conflictos. A través de los fundamentos legales establecidos en el Código Civil y los criterios fijados por la jurisprudencia, se asegura que estas transacciones se realicen bajo principios de legalidad, buena fe y equidad. 


Su correcta aplicación no solo contribuye a la descongestión del sistema judicial, sino que también promueve un ambiente de resolución de conflictos más amistoso y colaborativo.

miércoles, 15 de enero de 2025

Proceso de Reclamación de Herencia en la República Dominicana



La reclamación de herencia en la República Dominicana es un proceso legal que se inicia tras el fallecimiento de una persona, conocido como "de cujus". 

Este procedimiento puede ser complejo y requiere seguir una serie de pasos establecidos por la legislación dominicana, particularmente el Código Civil y la Ley de Impuestos sobre Sucesiones. A continuación, se describen los aspectos clave del proceso y los requisitos necesarios para llevar a cabo una reclamación efectiva.

Marco Legal

El proceso de reclamación de herencia está regulado por el artículo 718 y siguientes del Código Civil Dominicano. 

En general, se establece que todos los bienes de una persona fallecida son objeto de sucesión, y los herederos tienen derecho a reclamar su parte correspondiente, independientemente de si existe un testamento o no. 

Es importante destacar que la ley dominicana prioriza a los hijos, ya sean legítimos o naturales, en el orden sucesoral.

Pasos para Reclamar una Herencia

Acto Notarial de Determinación de Herederos:

Tras el fallecimiento, el primer paso es levantar un acto notarial que determine quiénes son los herederos. Este documento debe incluir todos los beneficiarios y los bienes que serán objeto de la sucesión. Para esto, es recomendable contratar a un abogado que guíe el proceso.

Declaración Sucesoral:

Una vez realizado el acto notarial, se debe presentar una declaración sucesoral ante la Dirección General de Impuestos Internos (DGII). Esto implica elaborar un inventario detallado de todos los bienes del fallecido, incluyendo propiedades inmobiliarias, cuentas bancarias y otros activos.

Pago de Impuestos Sucesorales:

Los herederos deben liquidar los impuestos correspondientes a la herencia, que son del 3% del valor total de los bienes. Este pago debe realizarse dentro de un plazo de 90 días desde el fallecimiento para evitar penalizaciones por mora.

Reclamación ante Instituciones:

Después de cumplir con las obligaciones fiscales, los herederos pueden proceder a reclamar sus derechos en instituciones como bancos o registros inmobiliarios. Esto incluye presentar la documentación necesaria para acceder a cuentas bancarias o transferir propiedades a nombre de los nuevos propietarios.

Poder Notarial para Herederos en el Extranjero:

Para aquellos herederos que residen fuera del país, es necesario otorgar un poder notarial a un representante en la República Dominicana. Este poder puede ser gestionado a través de embajadas o consulados dominicanos.

Requisitos Documentales

Para llevar a cabo cada uno de estos pasos, se requieren ciertos documentos:

-Acta de defunción del fallecido.
-Cédula o pasaporte del heredero.
-Copia del título de propiedad de los bienes sujetos a partición.
-Inventario detallado de los bienes.
-Recibos de pago de impuestos sucesorales.

Consideraciones Importantes

Plazo para Declarar: Es crucial cumplir con el plazo de 90 días para declarar el fallecimiento ante la DGII y pagar los impuestos correspondientes. 

Si este plazo se agota, se incurre en mora, lo que puede aumentar significativamente el monto a pagar.

No Prescripción: 

Aunque no hay un tiempo específico para reclamar una herencia (los derechos no prescriben), es recomendable iniciar el proceso lo antes posible para evitar complicaciones futuras.

Desafíos Comunes

El proceso puede enfrentar varios desafíos:

Falta de Testamento: 

En muchos casos, las personas fallecen sin dejar testamento, lo que puede complicar la identificación y determinación de herederos.

Conflictos entre Herederos: 

Las disputas entre familiares sobre la distribución de bienes pueden llevar a litigios prolongados en tribunales.

Complejidad Administrativa: 

La necesidad de interactuar con múltiples instituciones (bancos, registros inmobiliarios) puede hacer que el proceso sea tedioso y lento.

Resolución Judicial

En caso de conflictos entre herederos o si alguno no está dispuesto a aceptar su parte, se puede recurrir al Tribunal correspondiente para resolver la disputa. 

Este proceso judicial puede incluir:

-Instancias motivadas dirigidas al Tribunal.
-Acuerdos amigables entre partes que deben ser homologados por un juez.
-Presentación ante tribunales especializados en asuntos sucesorales y patrimoniales.

Conclusión

El proceso de reclamación de herencia en la República Dominicana es un procedimiento legal que requiere atención cuidadosa a las normas establecidas por la ley. 

Desde la determinación inicial de herederos hasta la liquidación fiscal y la reclamación efectiva ante instituciones pertinentes, cada paso es crucial para asegurar que los derechos sucesorales sean respetados. 

La asesoría legal adecuada puede facilitar este camino y ayudar a evitar conflictos innecesarios entre los herederos.

miércoles, 1 de enero de 2025

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lunes, 30 de diciembre de 2024

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jueves, 26 de diciembre de 2024

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Presentación ante la JCE: Presentamos toda la documentación ante la Junta Central Electoral para su homologación.

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lunes, 23 de diciembre de 2024

Te Brindamos Todos los Servicios de Derecho de Tierras e Inmobiliario en la República Dominicana al 1-849-265-0004




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Litigios Inmobiliarios: Defienden los intereses de sus clientes en procesos judiciales relacionados con incumplimientos contractuales, arrendamientos y ejecuciones hipotecarias, entre otros.

En resumen, la firma ofrece un enfoque integral para manejar asuntos legales relacionados con bienes raíces, asegurando que nuestros clientes actúen con total seguridad jurídica.

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