Este artículo proporciona una guía breve y esencial sobre el testamento, definiéndolo como el acto legal, personalísimo, revocable y libre, mediante el cual una persona dispone de sus bienes y obligaciones para después de su muerte.
1. Naturaleza y Ventajas del Testamento
El testamento es un acto personalísimo (solo puede hacerlo el testador, sin representación), revocable (puede modificarse cuantas veces se desee, prevaleciendo el último) y libre (la voluntad debe manifestarse sin coacción).
La razón principal para testar es garantizar que la transmisión de los bienes sea ordenada y pacífica, actuando como un "seguro de vida" para los seres queridos.
Las ventajas son:
El testador elige a sus herederos.
Se evitan futuros problemas y costosos juicios entre familiares (sucesión intestada).
Se asegura que la voluntad del fallecido se cumpla.
2. Trámite y Requisitos
¿Quién puede testar? Cualquier persona mayor de 18 años en pleno uso de sus facultades mentales, independientemente de su estado civil o si tiene hijos.
¿Qué se necesita? Únicamente acudir con el abogado de preferencia, llevar una identificación oficial y manifestar a quién se desea dejar el patrimonio.
3. Consideraciones Especiales
Sociedad Conyugal (Bienes Mancomunados):
Cada cónyuge debe otorgar un testamento individual, ya que es un acto personalísimo.
Es crucial acordar la asignación del 50% que le corresponde a cada uno.
Si uno no testó, su 50% de los bienes se regirá por una sucesión legítima o intestada, donde heredarán cónyuge, hijos y parientes colaterales hasta el cuarto grado, lo que puede generar problemas.
Finalmente, una vez firmado el testamento, se entrega al testador, y se recomienda notificar a los futuros herederos y al albacea (la persona designada para cumplir la última voluntad) sobre su existencia.
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