¿POR CUÁLES MOTIVOS ME PUEDEN NEGAR LA VISA DE PASEO?
Las solicitudes de Visa de Paseo
o de turista son negadas con frecuencia a las personas que no califican o que
no cumplen con los requisitos para obtenerlas. Dentro de los motivos de
negación más frecuente, está el hecho de no probar los arraigos o vínculos económicos,
familiares, laborales o profesionales fuertes en el lugar en donde se tiene la
residencia.
Por esta razón, es de suma importancia organizar muy bien el proceso de
solicitud de Visa de Paseo desde la
fase del llenado del formulario hasta la entrevista final con el cónsul, quien
va a evaluarnos y decidir sobre dicha solicitud. Se debe llevar a dicha
entrevista toda la documentación que demuestre realmente nuestros arraigos económicos,
familiares, laborales o profesionales.
A las personas que no puedan demostrar dichos vínculos con el lugar de su
residencia que lo aten al mismo, le pueden negar su solicitud de Visa de Paseo bajo la sección 214 (b).
Esta sección indica claramente que: “Todo
extranjero se presume un inmigrante hasta que demuestre a satisfacción del
funcionario consular, al momento de la solicitud de admisión, que tiene derecho
a un estatus de no-inmigrante”.
Ahora bien, es bueno indicar que el cónsul u oficial consular no tiene la
obligación de examinar ninguna documentación que le llevemos si no lo entiende
de lugar. Es así que está facultado para emitir su decisión sin tener que
analizar ninguno de los documentos que tenemos en nuestro poder y con los
cuales fuimos a la entrevista.
En todo caso, es aconsejable siempre ir bien preparado a la entrevista de
Visa de Paseo con toda la
documentación que nos puedan solicitar sobre las informaciones que indicamos en
nuestro formulario al comenzar el proceso de la solicitud. También el cónsul u
oficial consular puede no aprobar ni rechazar la solicitud de Visa de Paseo, sino enviar ésta a un
procedimiento administrativo, en el cual se van a confirmar las informaciones de
la persona que está requiriéndola.