El castigo de los tres y diez años
prohíbe regresar a los Estados Unidos cuando has estado ilegalmente en el país.
Es muy probable que desees saber cómo esto funciona y quién califica para un
perdón o waiver?
Es ampliamente conocido que existe
una Ley sobre el castigo de los tres y diez años. Si eres un extranjero y has
vivido ilegalmente en los Estado Unidos por más 180 días corrido, es decir, sin
interrupciones, entonce cuando salgas del país no podrás regresar por tres años.
Por otro lado, existe una
prohibición por diez años, si el tiempo transcurrido como ilegal en los Estados
Unidos es superior a los 365 días continuos. Por ejemplo, si ingresas con una Visa de Turista y en el Formulario 1-94,
que es el registro de entrada y de salida, te concedieron seis meses para
permanecer en los Estados Unidos, pero te fuiste siete meses más tardes de la
fecha consignada en dicho registro de entrada, entonces no podrás volver en
tres años, a contar desde la fecha en la que te fuiste.
Otro ejemplo puede ser una
persona que entra ilegalmente por la frontera de los Estados Unidos, el tiempo
empieza a contarse desde ese día. Cuando el gobierno sospeche que ha estado
como indocumentado en los Estados Unidos puede obligarte a probar con documentos
que no eres un indocumentado.
Tienes que tener en cuenta que sobre
ti recae la responsabilidad de demostrarles a los funcionarios de los Estados
Unidos que estas legalmente, en ese país. Esto puede hacerse a través de
boletos de avión, resguardos de tarjetas de crédito o débito, contratos de
arrendamiento o trabajo, facturas, entre otros. Todas estas pruebas pueden servir
para documentar tu presencia fuera de los Estados Unidos.
¿Cuándo se puede pedir un
perdón para el castigo de los tres y los diez años y quién puede hacerlo?
Puedes pedir un perdón para
levantar este castigo y de esta forma no tener que esperar ese tiempo fuera de
los Estados Unidos para poder regresar. Es bueno que sepas que los requisitos y
los formularios para pedir el perdón dependen de si pide una Visa no Inmigrante
o una Visa de Inmigrante, y en este caso, si se está dentro o fuera de Estados
Unidos.
La dureza extrema es uno de los
requisitos y es considerada muy difícil de probar, por lo que es realmente
recomendable contratar a un abogado de inmigración especialista en este tipo de
tramitación. Si el perdón no se concede, no queda de otra que esperar fuera de
los Estados Unidos a que transcurran los años del castigo para regresar.
No puedes solicitar Visa si lo
que pesa sobre ti es una prohibición permanente para regresar a los Estados
Unidos. Además, en los casos en los que se podría pedir el perdón, es necesario
asesorarse si es necesario solicitarlo conjuntamente con otro. Un ejemplo de
esto es el perdón por deportación.
En caso de necesitar cualquier ayuda para su proceso de solicitud de Visa puedes comunicarte con nosotros a los número 809-336-7486, 849-265-0004 y 849-451-2573 o escribirnos al correo: consultorialegaldominicana@gmail.com
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